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pdi - Convocatoria de estancias de movilidad posdoctoral en centros extranjeros . PN I+D+i

Asunto: Lista de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Huelva

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Convocatoria de estancias de movilidad posdoctoral en centros extranjeros . PN I+D+i


Cronológico Conversación 
  • From: Vicerrectorado de Investigación <vic.investigacion@uhu.es>
  • To: <pdi@lista.uhu.es>
  • Subject: Convocatoria de estancias de movilidad posdoctoral en centros extranjeros . PN I+D+i
  • Date: Wed, 12 Jan 2011 13:32:09 +0100
  • Delivery-date: Wed, 12 Jan 2011 13:32:08 +0100
  • Envelope-to: pdi@lista.uhu.es

El Ministerio de Educación publica en el BOE nº 9 de 11 de enero de 2011 la Orden EDU/3495/2010, de 16 de diciembre, por la que se publica la convocatoria del Subprograma estancias de movilidad posdoctoral en centros extranjeros del Programa Nacional de Movilidad de Recursos Humanos de Investigación, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011.

OBJETO:

NÚMERO DE ESTANCIAS:
Se convocan 250 estancias, de las que hasta 35 podrán corresponder a estancias Fulbright, y hasta 7 asociadas a las Cátedras Príncipe de Asturias, en las universidades de Georgetown (en áreas de Ciencias Sociales y Humanidades), New México (en áreas relacionadas con las Ciencias y Tecnologías Informáticas) y Tufts (en Historia).

DOTACIÓN:
Las subvenciones comprenderán:
a) Una dotación económica mensual de 1.800 euros brutos mensuales. La cuantía mínima anual estará constituida por el importe de la mensualidad por los meses de duración de la subvención, incluyendo dos pagas extraordinarias por año o la parte proporcional en su caso. Las entidades colaboradoras podrán incrementar dicha cuantía, corriendo la misma a su cargo.
b) Una subvención mensual complementaria por estancia en el extranjero, con un importe en función del país de destino y que se fijará anualmente por resolución del Secretario General de Universidades.
c) Una subvención de traslado e instalación de hasta 3.450 euros de acuerdo con el lugar de destino, siempre y cuando haya cambio obligado de residencia por motivo de la subvención. En los casos de concesión de la estancia en más de un centro de destino, igualmente con cambio obligado de residencia, la subvención máxima será la señalada con anterioridad.
d) Dichas dotaciones podrán ser modificadas de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la presente convocatoria.
Los beneficiarios de las subvenciones podrán solicitar una bolsa de viaje para realizar estancias breves en un centro español con el objeto de reforzar y promover la formación de grupos de investigación, especialmente entre los países de la Unión Europea, con vistas al VII Programa Marco de la Unión Europea.
Las estancias breves se realizarán de acuerdo con los requisitos y condiciones siguientes:
a) La duración de las estancias será de un máximo de un mes por cada año de subvención posdoctoral, si bien la Dirección General de Política Universitaria podrá autorizar, excepcionalmente y en casos debidamente justificados, estancias de distinta duración.
b) Las bolsas de viaje estarán dotadas con un importe entre 600 y 1.200 euros, en función del lugar en que se encuentre situado el centro receptor.
c) Las solicitudes de bolsas de viaje se presentarán en la Dirección General de Política Universitaria con, al menos, tres meses de antelación a la fecha de traslado prevista, e irán acompañadas de una breve memoria (1.000 palabras) del trabajo que se pretende realizar, informada favorablemente por el responsable de trabajo en el centro de acogida y con el informe favorable emitido por el responsable del grupo receptor, con la autorización del representante legal del centro u organismo en el que se vaya a desarrollar la estancia temporal.
e) Mientras dure la estancia temporal, el beneficiario continuará percibiendo la dotación correspondiente a su subvención.
f) La justificación de las bolsas de viaje se realizará presentando una memoria de la actividad realizada y el certificado de reincorporación al centro de destino, en el mes siguiente al término de ésta.

FECHA DE INICIO Y DURACIÓN DE LAS ESTANCIAS:
La fecha de inicio de la ayuda deberá estar comprendida entre el 1 de septiembre de 2011y el 31 de enero de 2012, sin posibilidad de aplazamiento más allá de esta fecha límite.
El período de la estancia no podrá ser inferior a 12 meses ni superior a 24 meses.

PROYECTOS A REALIZAR:
1. El proyecto a realizar durante la estancia de movilidad perseguirá la actualización de los conocimientos y el aprendizaje de nuevas técnicas y métodos para la docencia o la investigación, en régimen de incorporación plena al grupo receptor. Al mismo tiempo los beneficiarios deberán participar en actividades académicas y/o de investigación que permitan establecer nuevos vínculos académicos, o fortalecer los ya existentes con las instituciones españolas y extranjeras de destino.
2. Los proyectos para las solicitudes de estancias asociadas a las Cátedras Príncipe de Asturias deberán adaptarse a los programas específicos que en ellos se desarrollen

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Del 17 de enero al 5 de febrero de 2011.

MAS INFORMACIÓN:
Convocatoria
http://www.boe.es/boe/dias/2011/01/11/pdfs/BOE-A-2011-585.pdf
Ministerio de Educación
http://www.educacion.es/educacion/universidades/

Vicerrectorado de Investigación
Doctor Cantero Cuadrado, 6
21071 - Huelva
Tel.: 959 218013
Fax: 959 218193
E-mail: vic.investigacion@uhu.es
 


  • Convocatoria de estancias de movilidad posdoctoral en centros extranjeros . PN I+D+i, Vicerrectorado de Investigación, 12/01/2011

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